Disociación afectiva y legal

Opinión | junio 16, 2022 | 6:26 am.

“Una imputación sin fundamento o sin respeto al debido proceso es también una forma de acoso que afecta la dignidad de la personas”, sostiene el Doctor Alberto Arteaga Sánchez, y, en esa tónica, rechaza “toda ofensa a la dignidad de la persona humana”. Criterio que esclarece el fraude de ley promovido por un ciudadano contra su madre y su hermana, con base a señalamientos denigrantes contra ellas.

El retoño pretende ser tutor de la progenitora y a tal fin solicitó la Inhabilitación Civil de ella, con un detallito, fundamentó su pedimento en un dictamen médico falso, que le atribuye a la mamá un trastorno mental igual de ficticio, y es fácil demostrarlo, tan fácil como evidenciar que la galeno que lo suscribió no guarda relación alguna con su madre.

No por parecer un trabalenguas, suprime el fraude a la ley y la simulación, frutos de las maquinaciones y falta de escrúpulos del hijo, que entrañan, no un delito, al menos dos, pues la demanda de inhabilitación se encontraría comprendida dentro del supuesto de fraude procesal, propiciado en perjuicio de la madre y la hermana con la finalidad de evitar acciones legales por parte de ellas.

El fraude procesal, habría sido concertado y estimulado por la parte actora, sus apoderadas judiciales, y su hermano, Tarek Farhat Zeid, mediante actos y operaciones constituidas por la obtención del dictamen médico, una inspección judicial suscrita por la juez “Adriana Goncalvez Rodrigues” y testimoniales, elementos en apariencia distantes de la ética, el decoro, la moral, la honestidad y la buena fe.

La situación planteada, evidencia una torpeza al instar la desnaturalización de un proceso judicial con elementos carentes de legalidad, algo que salta a la vista y ofende a la razón en la solicitud de “Inhabilitación Civil de la ciudadana Ahlam Abou de Farhat”, tramitada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a cargo de la Abg. Ruth Guevara Montañez, bajo el número de Expediente 21.745, presentada el 21/04/2022.

Los argumentos de Bilal Farhat Zeid fueron orientados únicamente a desacreditar a la demandada y a la hija de ésta, es decir, su hermana, Rima Farhat Abou,  enfatizando que la última manipula a su madre, de quien se asegura que controla al cónyuge y lo mantiene aislado, algo discordante, pues su mamá, según él, no vive con su papá, lo cual da una idea del tenor de las alegaciones, que, de paso, ubican a la hermana en Europa.

En este conflicto, que enfrenta a los miembros de la familia Farhat Zeid, por cuanto el demandante y su hermano se empeñarían en mantener el control del patrimonio familiar, el cual obtendrían ilícitamente el año 2017, se alega:

“…con sus acciones [Rima] no sólo ha puesto en riesgo la integridad del patrimonio común de sus padres, sino adicionalmente la integridad física y hoy incluso la moralidad del grupo familiar”.

Algo similar se afirma de la mamá, al atribuirle no solo “debilidad de entendimiento por falta de claridad mental” sino “también incapacidad de respetar los más elementales valores que como madre y esposa le imponen la moral y las buenas costumbres”.

Para afianzar tales señalamientos, se valen de cuatro testigos: Nelly Josefina León Perich, Bonnie Alecia Jaimes Carmona, Ydio Noel Rondón Hernández y Alí Ahamad Farhat Gazal, todos ellos con una clara animosidad contra la señora Ahlam. A título de ejemplo, Bonnie Alecia, abogada de profesión, esposa de un militar y que ha ocupado altos cargos públicos en revolución, le estaría pasando factura por discrepancias que habrían tenido cuando fue novia de Bilal Farhat Zeid, leer la declaración que rindió y su encarnizada defensa de él en las redes sociales, lo confirman.

La Inhabilitación Civil peticionada sería parte de acciones de acoso u hostigamiento que  Bilal Farhat Zeid ejercería con su hermano sobre la demandada y su hija. Lo sugiere el siguiente hecho, de modo inusual, la “Delegación Municipal Los Teques” del CICPC, hizo llegar una “BOLETA DE CITACIÓN”, cuyo encabezado reza:

“El (la) ciudadano (a): Rima Farhat… quien deberá comparecer en calidad de Investigado por ante la Delegación Municipal Los Teques… el 16-03-22, a las 9:00 am en relación a las actas procesales signadas con la nomenclatura K-22-055-00193, que se instruyen por la presunta comisión de los delitos Contra Las Personas. Solicitar al funcionario: Dtv. Jefe Gómez Nelson”.

Al comparecer, ninguno de los funcionarios presentes supo informarle sobre el particular, se trataría de una acción de amedrentamiento contra su única hermana, quien está en capacidad de ejercer acciones legales contra sus hermanos y las conyugues de éstos, pues estarían incursos en ilícitos relacionados con el manejo doloso de empresas familiares.

Con el acto jurídico promovido por él en materia civil, Bilal Farhat Zeid, lo que quiere es quitarle toda la posibilidad legal a la mamá, Ahlam Abou de Farhat, ya que a ella nunca la pudieron convencer de no ejercer acciones judiciales, por tanto, de una manera habilidosa pretende inhabilitarla, y al inhabilitarla pasaría a representarla, como lo ha pedido explícitamente, y eso es grave. ¿Por qué?

Porque una causa denunciada por dicha ciudadana, que en este momento está lúcida, una persona sana, una persona que no padece de las afecciones emocionales y de dependencia a narcóticos que le atribuyen falsamente, se vería obstaculizada de materializarse la pretensión de Bilal Farhat Zeid, pues él pasaría de denunciado a víctima.

Al representar a su mamá bajo esa estrategia que habría creado junto a su hermano Tarek, haría ilusoria cualquier acción judicial ejercida por ella, por estar en capacidad de alegar que como la madre denunció, en virtud de representarla, él tiene facultad para desistir de la acción emprendida por ella, y aunque los hechos denunciados sean de orden público, la intención de Bilal Farhat Zeid y su hermano es frenar toda acción que pudiese comprometer la responsabilidad de ellos y acarrearles sanciones.

Él, Bilal, sabe, con conocimiento de causa, que el fin de la acción que emprendió por ante un tribunal civil es inhabilitar a la mamá, ser designado tutor de ella y desacreditar a la hermana, a quien viene acosando u hostigando, para no permitir que lo sigan denunciando, como en efecto hicieron ellas el 26/05/2022, o, en su defecto, obstaculizar las causas resultantes de tales denuncias.

Hay un elemento significativo, en su condición de hija y hermana, Rima Farhat Abou, está señalando que todo lo denunciado por su mamá es correcto, y de allí la arremetida de sus hermanos contra ella para descalificarla del todo o hacerla desistir de las acciones judiciales que emprenda junto a ésta o a título personal.

La parte actora ocultaría o escondería sus verdaderas intenciones y aparentaría una situación jurídica con tendencia a causar daños a parientes suyos, nada más que la mamá y la hermana, todo ello con la pretensión de sustraerse de los efectos legales de las acciones judiciales ejercidas por ellas, mediante la alteración de un proceso judicial que estaría por ocurrir, y de ocurrir, el órgano jurisdiccional incurriría en violación de derechos humanos.

@jolcesal