El Tribunal Superior de Bogotá comenzó este martes la lectura del fallo de segunda instancia en el caso contra el expresidente de Colombia Álvaro Uribe Vélez y le dio la razón a su defensa al considerar que varias de las interceptaciones telefónicas utilizadas como prueba fueron obtenidas de manera ilícita.
Por otro lado, que no hubo participación en sobornos a testigos y contradicción en algunas declaraciones. “Se basan en inferencias y errores cronológicos y tergiversaciones”.
En la lectura se señaló que no hay ninguna prueba de que el expresidente Álvaro Uribe Vélez determinara al abogado Diego Cadena para cambiar los testimonios del exparamilitar Carlos Enrique Vélez Ramírez, alias Víctor y Eurídice Cortés. Por lo tanto, lo absolvió de ambos casos.
El magistrado Manuel Antonio Merchán, ponente de la decisión, explicó que las grabaciones al número celular de Uribe se hicieron “por error” durante una investigación distinta, contra el entonces congresista Nilton Córdoba Manyoma.
Aunque reconoció que no hubo dolo de los investigadores, advirtió que “la ausencia de dolo no legitima el error” y que hubo vulneración del derecho a la intimidad. Por ello, el Tribunal concluyó que esos audios no pueden ser usados como prueba.

