Dirigentes sin cabeza

Opinión | febrero 24, 2022 | 6:22 am.

Los empleados y obreros que trabajan en el Comité Olímpico Venezolano COV, se mostraban nerviosos y preocupados por la situación de legalidad del comité ejecutivo. Todos se preguntaban sobre la legitimidad de la actual directiva puesto que su mandato terminó el pasado 31 de enero. Lo que indica, sin lugar a dudas que, no hay una cabeza que dirija a ese cuerpo.

 -Eso se llama acefalía, dijo una de las secretarias que estudia derecho en la Universidad.

-Coño, exclamó uno de los obreros, y ahora quien se hace responsable de nuestros sueldos y salarios preguntó medio alterado.

-No entiendo, lo que ustedes dicen, señalo uno de los vigilantes. Yo veo al señor Eduardo y su combo en la oficina casi todos los días y no está acéfalo. Tiene su cabeza pegada al cuello, ahora que no tenga nada dentro de ella, es otra cosa. Repito, por favor explíquenme que está pasando.

-Intervino nuevamente la secretaria, para aclararle a los presentes la situación actual del COV:

… Recuerden que, por la acción de un amparo constitucional conjuntamente con un recurso contencioso electoral el Tribunal Supremo de Justicia al comprobar la violación del derecho al voto de las federaciones de Remo, Boxeo y Pelota Vasca dictó sentencia donde declaró nula la asamblea que eligió la comisión electoral el pasado 7 de diciembre y dictó sentencia anulando la referida asamblea, ordenando la actuación  de una comisión AD hoc que dirigiera el proceso electoral  que debió celebrase el 5 de enero de 2022 y no se realizó. El tiempo fue pasando y seguía la incertidumbre de la realización de la asamblea electoral. Llegando a el 31 de enero sin haber elegido a las nuevas autoridades olímpicas para el nuevo ciclo 2022-2025…

-Eso lo entiendo, dijo el vigilante, pero sigo sin entender lo de la acefalía.

Déjame terminar, señaló la secretaria. Los estatutos del COV establecen en su Art 20 que durante el mes de enero. al finalizar el cuarto año de gestión de la junta directiva se reunirá la Asamblea General con carácter de elección. Al no realizarse el proceso electoral, el Comité Olímpico queda acéfalo, por el vencimiento del periodo de gestión de las autoridades directivas. Todo acto de administración y disposición que realice las autoridades vencidas de los recursos del Comité Olímpico pudiera interpretarse como una presunta violación de normas penales con las debidas sanciones correspondientes.

-Nos jodimos, gritó uno de los obreros. Un jefe sin cabeza, no podrá firmar las nóminas de pago y quedaremos en el aire.

-El personal de limpieza, que se había mantenido al margen de la conversación, expresaron al unisonó, ¿Ahora quién podrá defendernos?

Bueno compañeros, dijo con voz firme la secretaria, corresponde a las Federaciones Deportivas, máxima autoridad del Comité Olímpico, convocar a una Asamblea General para elegir una Comisión reorganizadora para que en un lapso determinado convoque a una asamblea para elegir a la nueva junta directiva.

-Ojalá esto ocurra a la brevedad posible, dijeron todos. De no resolverse esta situación la sede del COV se transformaría en “La Casa del Terror habitada por dirigentes sin cabeza (acéfalos)”